Insolvencia
Personas jurídicas
¿De qué se trata?
El régimen de insolvencia empresarial (Ley 1116 de 2006), es un proceso que vela por la recuperación y conservación de empresas que se encuentren en déficit financiero.
Aquellas personas jurídicas y empresas dedicadas al comercio en Colombia que tengan dificultades para cumplir con sus obligaciones económicas, podrán acogerse al Régimen de Insolvencia Empresarial.
Por medio de este recurso legal podrán normalizar sus relaciones comerciales y crediticias, ya sea con un proceso de reorganización o un proceso de liquidación judicial.
La aplicación de esta ley se basa en la renegociación de la deuda morosa, creando un nuevo contrato con el acreedor y el deudor donde se establecerán nuevas condiciones de pagos, cuotas y plazos.
¿Quiénes pueden acogerse?
- Persona jurídica o natural comerciante.
- Quienes tengan dificultades para cumplir con el pago de sus obligaciones actuales.
- Quienes tengan deudas atrasadas a más de 90 días.
- Aquellos con dos o más procesos ejecutivos o de jurisdicción coactiva.
- Que el valor de la obligaciones representen el 10% o mas de la deuda total.
- Quienes necesiten periodos de gracia para cubrir sus obligaciones.
Beneficios:
- Detener procesos de embargo que afectan a su empresa, procesos de cobro de la Dian y demás entidades públicas.
- Levantar medidas cautelares y embargos en su contra.
- Impedir que le inicien demandas por deudas anteriores al proceso.
- Obtener rebajas en los intereses moratorios e intereses corrientes.
- Obtener condonaciones de capital.
- Obtener plazos de gracia para el cumplimiento del acuerdo.
- Reestructurar su pasivo, dejándolo a largo plazo, ajustado a las posibilidades reales de su empresa.
Beneficios:
- Detener procesos de embargo que afectan a su empresa, procesos de cobro de la Dian y demás entidades públicas.
- Levantar medidas cautelares y embargos en su contra.
- Impedir que le inicien demandas por deudas anteriores al proceso.
- Obtener rebajas en los intereses moratorios e intereses corrientes.
- Obtener condonaciones de capital.
- Obtener plazos de gracia para el cumplimiento del acuerdo.
- Reestructurar su pasivo, dejándolo a largo plazo, ajustado a las posibilidades reales de su empresa.